QUIENES NO ESTAN OBLIGADOS A FACTURAR.

Veremos una lista de aquellos que NO están obligados a facturar:

Los bancos, las entidades financieras, las compañias de financiamiento comercial.

Las cooperativas de ahorro y crédito y los fondos de empleados.


Los responsables inscritos en el Régimen simplificado.


Aquellos que distribuyen derivados del petróleo.


Quienes presten el servicio de baño público.


Las personas naturales que transfieran productos agropecuarios.


Las personas naturales vinculadas por una relación laboral.

Las personas que presten servicio de transporte público urbano o metropolitano de pasajeros.
Consultado de: Libro contabilidad universitaria.

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