Debe ser expedida original y copia.
En el art. 617 ET encontramos los siguientes requisitos:
- Debe aparecer claramente como factura de venta.
- Nombres, apellidos, el NIT (de quien vende).
- Nombres y apellidos o razón social y NIT (del que adquiere el servicio), y la discriminación del IVA pagado.
- Numeración consecuente de facturas de ventas.
DOCUMENTOS EQUIVALENTES A LA FACTURA
Debemos mencionar:
- La factura electórica (documento computacional que soporta transacciones en venta de bienes y servicios).
- Los extractos de bancos, por fondos de inversión, de inversión extrangera, de pensiones.
- Pólizas de seguros, títulos de capacitación y los correspondientes comprobantes de pago
- Las boletas de máquinas registradoras.
- Las boletas de ingreso a espectáculos públicos
- Los recibos de pagos de matrículas y pensiones expedidos por establecimientos educativos reconocidos por el gobierno.
- Los boletos de transporte.
El incumplimiento de los requisitos exigidos para la expedición de factura o
documento equivalente dará lugar a la aplicación de las respectivas sanciones a
quien expide la factura.
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